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SANTO DOMINGO, D.N.- El Ministerio Público sigue ganándole la batalla al crimen organizado con la imposición este viernes de tres meses de prisión preventiva en contra de Rodolfo Cedeño Ureña, alias El Comandante, propietario de la Casa de Cambio Cedeño, sindicado de pertenecer a la red narcotráfico y lavado de activos que dirigía del narcotraficante César Emilio Peralta (César el Abusador).

Luego que el Ministerio Público presentara diferentes evidencias que lo vinculan a esa organización criminal, el juez de la Oficina Judicial de Servicios de Atención Permanente del Distrito Nacional, José Alejandro Vargas, le impuso la prisión preventiva como medida de coerción a ser cumplida en la Penitenciaría Nacional de La Victoria y declaró el caso complejo.

El juez tomó en cuenta las evidencias presentadas por el Ministerio Público, las cuales establecen que Cedeño Ureña era investigado desde el año 2016 por estar implicado en acciones típicas del lavado de activos y que como parte de esa actividad en tan solo un mes, en enero del año 2018, este encartado movió más de 8 millones de dólares en efectivo.

De igual forma, se presentaron evidencias de audios aportados por el Ministerio Público, uno de ellos, sobre una operación donde se escucha conversaciones cuando a parte de sus empleados se les ocupa la cantidad de 40 mil dólares en efectivo y que al momento en que se va a proceder a su arresto él está en disposición de darle a quienes lo detuvieron la suma de 5 mil dólares para que lo dejaran ir.

Con la medida cautelar dictada contra Cedeño Ureña, suman 15 los imputados a los cuales se les ha impuesto distintas medidas de coerción, incluyendo a la imputada Marisol Mercedes Franco, pareja de César el Abusador.

El Ministerio Público, representado por la Procuraduría Especializada Antilavado de Activos y Financiamiento del Terrorismo y la Fiscalía del Distrito Nacional, acusa al grupo de incurrir en actividades de asociación ilícita para adquirir, poseer, transferir y utilizar bienes a sabiendas de que han sido producto de un delito de tráfico ilícito de drogas y del delito de lavado de activos proveniente del tráfico de drogas ilícitas.

A dichos imputados se le atribuye la violación de los artículos 60, 99 y 100 de la Ley No. 50-88 sobre Drogas y Sustancias Controladas, y el artículo 3 de la Ley No. 155-17 contra el Lavado de Activos y el Financiamiento del Terrorismo, y los delitos de tenencia ilegal de armas, municiones y sus accesorios, y tenencia y uso de armas de las Fuerzas Armadas y la Policía Nacional, cuya tipificación y sanción se encuentra contemplada en los artículos 66 y 70 de la Ley No. 631-16 para el Control y Regulación de Armas, Municiones y Materiales Relacionados.

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