Las altas exigencias que predominan en el contrato póliza al momento de otorgar una pensión de sobrevivencia limitan a la mayoría de los solicitantes para obtener ese beneficio establecido en la ley, al punto que de 18,923 solicitudes que se han hecho desde el inicio del sistema hasta junio pasado, 10,766 han sido declinadas, o sea, negadas, para un 56.9 por ciento.
Entre las trabas que aún persisten en perjuicio de familiares de más de 34,000 afiliados, según registros hasta el 2014, Nélsida Marmolejos, directora del DIDA, citó el hecho de que las Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP) no cumplen con la ley que les ordena tener oficinas en todo el país, y las mantienen concentradas solo en la capital, lo que obliga a que las personas tengan que venir del interior a realizar cualquier gestión.
A eso se suma, agregó, que las AFP no le dan información a los afiliados ni registran sus contactos de referencia en caso de fallecimientos. Esos datos no se le pide normalmente porque son afiliaciones automáticas que se hacen, donde no se registra ni dónde vive el afiliado. Marmolejos expresó que la Dida entiende que las AFP no le responden a los afiliados con responsabilidad frente al contrato que tienen con ellos para administrarle sus fondos.