Someten recurso para anular contrato a Odebrecht-Tennimont-Estrella y convocar nueva licitación para Punta Catalina

Un recurso contencioso administrativo para pedir la nulidad del contrato  a la empresa Odebrecht para la construcción de las plantas de carbón de Punta Catalina fue depositado en el Tribunal Superior Administrativo por el ciudadano Amín Polanco y su abogado Edy Antonio Evangelista Acevedo.

En el recurso se reclama también que una vez anulado el contrato al consorcio Odebrecht-Tennimont y Estrella, se proceda a la convocatoria de una nueva licitación para traspasarle la responsabilidad de concluir la construcción de las plantas de carbón de Punta Calina, Baní.

“Declara nulo y si ningún valor ni efecto jurídico el contrato de ingenIería, procura y construcción entre empresas de electricidad, Edenorte, Edesur y Edeeste, representadas por Corporación Dominicana de Empresas Eléctricas Estatales (CDEEE) y Consorcio Odebrecht-Tennimont-Estrella…por los vicios contenidos.. ordenando la realización de un nuevo proceso de licitación internacional, para la continuación de los trabajos en curso”, precisa la demanda.

El recurso fue depositado el pasado martes 13 de junio.

“El contrato (CDEEE/ consorcio Odebrecht-Tennimont y Estrella) que se impugna por vía de la nulidad principal, queda evidenciado que ha sido aprobado, intervenido y suscrito de forma irregular, bajo la premisa del soborno, de la sobrevaluación, del fraude contra el pueblo dominicano, y el fraude todo lo corrompe, por lo que su nulidad absoluta es incontrovertida”, precisa el documento legal.

Resalta que el numeral 4 del artículo 22 de la Constitución de la República Dominicana, sobre los derechos de la ciudadanía, establece que ciudadanos y ciudadanas tienen derecho a “formular peticiones a los poderes políticos para solicitar medidas de interés púbico y obtener respuesta de las autoridades en el término establecido por las leyes que se dicen al respecto”.

Explica, además, que el artículo 9 de la Constitución establece que “toda persona, en el ejercicio de sus derechos e intereses legítimos, tiene derecho a obtener la tutela judicial efectiva”.

Cita, también, la lucha que vienen librando diversos sectores de la sociedad dominicana, lo que a su juicio refuerza el interés legítimo del impetrante y legitimación procesal activa para interponer la acción de nulidad de contrato. “Razón por que solicitamos a este Honorable Tribunal que sea declarada la presente acción admisible en cuanto a la forma”.

Respecto al fondo, argumenta que la acción simple de nulidad es pública debido a que cualquier persona puede interponerla, y que procede en contra de actos de carácter general y contra actos de carácter particular en lo contencioso administrativo, para los casos establecidos en las leyes adjetivas y en la propia Constitución.

La solicitud está basada en los siguientes considerandos, entre otros:

En fecha 21 de diciembre de 2016 la corte internacional de corrupción y soborno declaró que los ejecutivos de la empresa brasileña Norberto Odebrecht S.A reconocieron ante la autoridades de Estados Unidos que esa constructora cometió en República Dominicana “varios actos de corrupción, incluyendo el pago de sobornos… por más de US$92 millones”, con el fin de ser favorecida por el Estado dominicano con la adjudicación de obras de ingeniería.

Asimismo, la Procuraduría General de la República solicitó en fecha 12 de enero de 2017 la suspensión provisional del Registro de Proveedor del Estado a la empresa Odebrecht y sus filiales en República Dominicana.

El 19 de enero la Dirección de Compras y Contrataciones del Estado dominicano emitió la Resolución No. 8/2017 que suspende provisionalmente a Odebrecht el registro de Proveedor del Estado, hasta que el Ministerio Público finalice la investigación de la cual es objeto la empresa brasileña.

Consideran, además, los demandantes que el 9 de febrero de 2017 la Procuraduría General de la República Dominicana solicitó la declaración de caso complejo la investigación por corrupción contra la empresa Odebrecht y personas relacionadas con el caso de los sobornos. Esta solicitud fue acogida por la Cámara Penal del Distrito Nacional el 1 de marzo de 2017.

La decisión sobre este recurso sería dada a conocer en esta semana.

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