Tribunal Constitucional confirma Proconsumidor no tiene facultad para imponer sanciones

SANTO DOMINGO, RD.– El Tribunal Constitucional anuló una sentencia de la Suprema Corte de Justicia que ratificaba una disposición de Pro Consumidor que en el 2012 impuso una multa a la empresa Propagás, por irregularidades en el despacho de combustible.

Una nota con declaraciones del abogado de Propagás, Guillermo Estrella Ramia, explica que el Constitucional envió el asunto a la Tercera Sala de la Suprema Corte de Justicia, para que sea conocido de nuevo.

De acuerdo con el abogado, el Tribunal Constitucional confirmó la decisión del Tribunal Superior Administrativo, en la cual indicó que Proconsumidor no tiene facultad para sancionar, por lo que no puede dictar multas.

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