Tribunal ordena citar al ministro de interior y director de migración para conocer recurso nulidad del plan de regularización migratoria

El Magistrado Juez Presidente de la Segunda Sala del Tribunal Superior Administrativo, mediante Auto No. 06988-2018, ordenó y autorizó a los ciudadanos accionantes en Recurso de Amparo a citar al Ministro de Interior y Policía José Ramón Fadul (Monchy) y al Director Nacional de Migración, Teniente General Máximo William Muñoz Delgado, para conocer de la acción y peticiones contra el Plan de Regularización de Extranjeros, PNRE, que desarrolla estos órganos del Gobierno Dominicano, bajo la Responsabilidad del Ministerio de Interior.

Los ciudadanos agrupados bajo la entidad cívica, y patriótica, no partidarista COALICIÓN PATRIA, están procediendo a notificar a los demandados para que concurran a la audiencia pública convocada para el día Martes once (11) de Septiembre del 2018, a las 9:00 am por ante la Sala de Audiencias de la Segunda Sala del Tribunal Superior, el cual se encuentra ubicado en la calle Juan Sánchez Ramírez No. 1, del Sector Gazcue del Distrito Nacional.

Asimismo los ciudadanos, LESHNER M. LOPEZ G., GENOVEVA MEREJILDO, REBECA FIALLO, MARIA INMACULADA NUÑEZ VALERIO, KENNY FERNANDEZ HERNANDEZ, ROSANNA TRINIDAD, LUISA EVELYN GARCIA MINAYA, SOLANYI TEJADA MEREGILDO, OSVALDO CASTILLO ASTIDOR, JAIRO DE LA CRUZ SANTANA, JAHOMA MARLENIS ACOSTA TORRES, SAGRARIO DE LA CRUZ, MARIA BRITO, CARIDAD DE LA CRUZ, YADIRA MARTE, EVELIN ALTAGRACIA GONZALEZ RODRIGUEZ, ROBERT NICOLAS CABRAL FELIZ, entre otros muchos dominicanos, y movimientos cívicos, establecidos en el país como en las comunidades nacionales del exterior, que apoyan esta iniciativa legal, hacen un llamado a toda la ciudadanía consciente y comprometida con los valores y sentimientos patrióticos, a acudir al Tribunal en la fecha y hora convocados para brindar su masivo respaldo moral y presencial a esta iniciativa que busca proteger y defender los atributos y derechos nacionales recibidos del legado independentista.

Conforme las propias normativas legales dictadas, tanto por el Congreso Nacional, como por la autoridad gubernamental ejercida por los Presidentes dominicanos entre el 2004 y el año 2013, quedaron establecidas y fijadas de manera restrictiva las condiciones en que debería organizarse e implementarse un Plan de Regularización de Extranjeros en República Dominicana.

En efecto, este Plan esta contemplado en la Ley General de Migración No. 285 -04, del 15 de agosto del año 2004, que dispuso en su artículo 151, que: “El Gobierno dominicano, preparará UN Plan Nacional de Regularización de los extranjeros ilegales radicados en el país…”, el cual debería ser, por mandato de la misma ley, “preparado, o establecido por el Consejo Nacional de Migración, a cuyo cargo quedaba su diseño y organización.”.

Sin embargo, no es hasta el 2013 cuando se empieza a trabajar con el mandato del Plan de Regularización de Extranjeros, el cual se convirtió claramente, en sus hechos, en un verdadero “Plan migratorio Haitiano”.

El mismo Tribunal Constitucional, en fecha 23 de septiembre de 2013, el Tribunal Constitucional, al dictar la sentencia No. TC/0168/13, en su parte dispositiva “séptima”, exhorto y ordeno al Poder Ejecutivo “a implementar el Plan nacional de regularización de extranjeros ilegales radicados en el país”.

Dicho Plan Nacional de Regularización debió contemplar al menos los siguientes criterios: “tiempo de radicación del extranjero en el país, vínculos con la sociedad, condiciones laborales y socioeconómicas, REGULARIZACIÓN DE DICHAS PERSONAS DE MANERA INDIVIDUAL O POR FAMILIA NO EN FORMA MASIVA. Asimismo, deberá establecer un registro de estos extranjeros, los procedimientos de implementación del plan y las condiciones de apoyo institucional y logística.”.

Mediante Decreto No. 327-13, del 29 de noviembre de 2013, finalmente el gobierno dominicano cumple con el mandato ordenado por la ley y promulga el “Plan Nacional de Regularización de extranjeros en situación migratoria irregular en la República Dominicana”, dictando la indicada reglamentación, estableciéndose en su artículo 3 del indicado decreto 327-13 que: “Duración del Plan. El extranjero que desee acogerse al Plan, deberá hacer su solicitud dentro de un plazo de dieciocho (18) meses, contados desde la puesta en vigencia del mismo.”.

Efectivamente este Plan entró legalmente en vigor el 29 de Noviembre del 2013, se empezó a desarrollar el 1ro. de junio del 2014, y culminó el 17 de junio de 2015. Al concluir el plazo establecido se registraron más de 288,000 extranjeros, en su mayoría nacionales haitianos, y de los cuales las mismas autoridades dijeron que solo y únicamente habían calificado, precariamente, unos 7,834, mil haitianos.

El decreto 327-13 que establece el Plan Nacional de Regularización no dispuso ni ha dispuesto de ningún otro plazo fuera de los indicados dentro del proceso de su implementación.

Por la combinación de las disposiciones de los artículos 151 de la ley General de Migración No. 285-04 y los artículos 3 y 33 del decreto No. 327-13, de manera inequívoca, todas las autoridades del Gobierno Dominicano estaban y están obligados por mandato de la Ley, y la Constitución, a observar que a ellos no les era permitido, ni admisible, ni a ninguno de sus poderes ni órganos, al CONSEJO NACIONAL DE MIGRACIÓN proponer, ni al PODER EJECUTIVO, vía el MINISTRO DE INTERIOR, dictar otro “Plan Nacional de Regularización”, o aplicar periodos extensivos al mismo, de manera discresional, sin con ello violar de manera flagrante la letra de la ley.

Plazo Ventajosamente Vencido. Por tanto el plazo de término otorgado por el propio Decreto que estableció el Plan de Regularización contenido en el decreto No. 327-13, del 29 de noviembre de 2013, de dieciocho (18) meses venció el 29 de mayo del año 2015, es decir que para entonces ya superaba un vencimiento de 2 años y casi 2 meses, lo que en consecuencia implica que no podían ni el CONSEJO NACIONAL DE MIGRACIÓN proponer, ni al PODER EJECUTIVO disponer, una ampliación de un plazo ya de por sí ya vencido, y sobre todo bajo la discrecionalidad expuesta.

Esta actuación ha generado sin dudas una seria y muy grave violación de la ley y del principio de legalidad que debe prevalecer en todos los actos emanados del Gobierno.

En los hechos, y aunque las autoridades nunca lo publicaron formalmente, este Plan nunca se detuvo, siguió operando y desarrollándose continuamente sin obstáculo alguno a lo largo de todo el año 2016, y los extranjeros haitianos siguieron registrándose masivamente, hasta la presente fecha incluso.

En efecto, así aparece reseñado en diversas publicaciones en los medios de prensa de circulación nacional. En la página 4 del periódico Diario libre, de fecha del día 11 de julio de 2017, aparece una breve reseña titulada “Se reúne hoy el Consejo de Migración” y en el cuerpo de la misma se afirma que:

“El próximo lunes vence el plazo de la primera etapa del Plan nacional de regularización de Extranjeros y el consejo Nacional de Migración se reúne en el día de hoy donde se analizará la posibilidad de que el mismo sea renovado.”.

A la fecha de hoy en que presuntamente dicho Plan supuestamente concluyo el 26 de Agosto del 2018, la ciudadanía carece de certeza sobre el mismo, si permanece abierto, si en verdad fue cerrado, cuantos haitianos realmente se registraron, y cuantos y bajo cuales criterios legales fueron admitidos o rechazados.

Esta política migratoria, bajo las condiciones en que ha sido implementado carece de precedentes en nuestro país, y puede tener efectos diversos graves y perjudiciales.

Bajo esta política de prorrogas continuas, al margen de toda legalidad, y prudencia durante más de un año, filas interminables, y continuas de haitianos han estado registrándose como migrantes, amparados con documentos totalmente fraudulentos:

i) Haitianos que carecen de documentos, con apenas una foto instantánea,

ii) Se están registrando con actas de nacimiento haitianas falsas, y sin apostillar,

iii) Con actas de nacimiento y cedulas dominicanas suplantadas,

iv) Con documentos de arraigo totalmente fraudulentos,

v) Haitianos con conflictos con la ley penal dominicana, que han cometido crímenes y actos de violencia muy graves y serios contra ciudadanos dominicanos.

vi) Familias completas que se están registrando con un solo documento, y se les está entregando un carnet migratorio de regularización dominicana.

vii) Incluso se les está cambiando, el status de turistas a residentes, a los haitianos que ingresan al país en calidad de turistas, con una simple visa, y que no califican para entrar en el Plan, aunque no residan, aunque nunca antes hubiesen ingresado en el país, y aunque carezcan del menor vinculo con nosotros, incluso que desconozcan donde están, que no hablen español, y aunque incluso exista información verificada de que residen en Haití.

Este plan ha caído en la absoluta e irremediable ilegalidad, tornándose por demás ineficaz, conforme los objetivos que originalmente se establecieron.

Es un imperativo ciudadano acudir a los medios e instrumentos que dispone el Estado de Derecho, y las vías que nos permite la Constitución de la República, para contener y frenar la ilegalidad.

Amplios sectores del pueblo dominicano, desde empresarios turísticos, industriales, agrícolas, comerciales, y productivos en general, hasta grupos profesionales, comerciantes, académicos, y vastos y crecientes agrupamientos de ciudadanos, ven con estupor como este Plan se ha transformado en un programa permanente de registro, y de establecimiento de haitianos en nuestro país, rompiendo con todos los criterios que han establecido su propia legalidad, propiciando un estado de inclusión de extranjeros haitianos que supera todas las previsiones estatales, las capacidades nacionales, y que no tiene precedentes en la historia republicana y democrática del país.

Propiciar y fomentar el registro ya masivo de extranjeros haitianos en dicho Plan al margen de toda legalidad, sin que la autoridad nacional responsable detenga ese proceso, tendrá efectos dramáticos, y peligrosos para la preservación de los valores constitucionales en que se funda el Estado Dominicano, y para la convivencia del pueblo dominicano, en condiciones de seguridad, y desarrollo armónico, organizado, y sostenible.

Es determinada y firme voluntad de los ciudadanos accionantes del país, en defender sus derechos fundamentales, algunos de los cuales, materialmente se reducen ante el hecho real de una migración extranjera haitiana, masiva, intensa y continua, que desbordo, el comprensible fenómeno social de las migraciones para convertirse en una verdadera y descontrolada invasión poblacional que está haciendo sucumbir en los hechos, nuestra integridad y soberanía territorial, el equilibrio poblacional, nuestros recursos nacionales, y generando severas distorsiones, y trastornos en nuestro sistema y organización institucional, con un fuerte impacto en nuestra economía, y en los servicios sociales, especialmente en perjuicio de los más pobres, excluidos, y vulnerables de la nación.

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