El derecho a la ciudad: No es acupuntura. Por Amparo Chantada

El derecho ciudadano es, ante todo, el derecho a la ciudad. El concepto apareció en 1968 cuando el filósofo-urbanista francés Henri Lefebvre escribió “El derecho a la ciudad” tomando en cuenta el impacto negativo sufrido por las ciudades en los países capitalistas, con la conversión de la ciudad en una mercancía al servicio exclusivo de los intereses de la acumulación del capital. Lefebvre aboga a través del derecho a la ciudad por “rescatar el hombre como elemento principal, protagonista de la ciudad que él mismo ha construido”. Ese humanismo no impacta en los países del Hemisferio Sur, al contrario, porque los modelos económicos implementados anteriormente, habían formado inmensos barrios marginales, en todas las ciudades creando dos realidades que se complementaban.

El neoliberalismo, más reciente, profundiza todas las situaciones heredadas de exclusión de los servicios básicos y de relegación de los barrios en general, la distanciación social y física la realizó la modernización de la ciudad con las obras viales aéreas, la reurbanización en torres, la reducción de los espacios públicos populares que permitían la convivencia social: la ciudad ha perdido su esencia, fue tomada por los intereses del capital y así dejó de pertenecer a la gente, provocando la perdida de identificación con la ciudad y el barrio, la exclusión, la desesperación por lo tanto el derecho a la ciudad.

No será fácil, restaurar el sentido de ciudad, instaurar la posibilidad del “buen vivir” para todos, y hacer de la ciudad “el escenario de encuentros para la construcción de la vida colectiva”. La ciudad, como lo analiza Jordi Borja, es un espacio político, donde es posible la expresión de voluntades colectivas, es espacio para la solidaridad. Santo Domingo es espacio de conflicto.

El derecho a la ciudad es la posibilidad de construir una ciudad en la que se pueda vivir dignamente, reconocerse como parte de ella, y donde se posibilite la distribución equitativa de diferentes tipos de recursos: trabajo, de salud, de educación, de vivienda, recursos simbólicos: participación, acceso a la información, etc.

El derecho a la ciudad, como lo afirma David Harvey, no es simplemente el derecho a lo que ya está en la ciudad, sino el derecho a transformar la ciudad en algo radicalmente distinto, es la reivindicación de poder crear otra ciudad. La ciudad debe pensarse a través de los conceptos de ciudadanía y espacio público con una visión integral e interdependiente de los derechos humanos para lograr la meta de recuperar la ciudad para todos sus habitantes.

No es un derecho más, es el derecho a hacer cumplir los derechos que ya existen formalmente, se basa en una dinámica de procesos y de conquistas, en el cual los movimientos sociales son el motor para lograr el cumplimiento del derecho a la ciudad.

Comentarios con Facebook

También te va a interesar

Nacionales

Leonardo Jaquez ve positivo gobierno norteamericano reconozca esfuerzos de la República Dominicana para combatir narcotráfico y corrupción pública

Santo Domingo. El comunicador y abogado Leonardo Jaquez consideró positivo para la República Dominicana que el gobierno norteamericano de manera pública y por las vías diplomáticas establecidas reconozca los esfuerzos que realiza el presidente Abinader […]